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González Rivas AbogadosAranjuez · MadridPedir cita

Sociedades y autónomosPor Juan Pablo González Rivas

Tarifa plana de autónomos: ¿quién puede pedirla y cuánto dura?

Respuesta corta: La tarifa plana es una cuota reducida para quien se da de alta como autónomo por primera vez o no ha estado de alta en los dos años anteriores (tres si ya la disfrutó). Dura doce meses desde el alta y puede prorrogarse otros doce si sus rendimientos netos no llegan al salario mínimo anual (art. 38 ter del Estatuto del Trabajo Autónomo). Hay que pedirla al darse de alta.

¿Qué es exactamente la tarifa plana?

Es el nombre popular de la cuota reducida por inicio de actividad que regula el artículo 38 ter de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, en la redacción que le dio el Real Decreto-ley 13/2022. Durante el periodo de tarifa plana:

  • Paga una cuota reducida fija por contingencias comunes y profesionales, en lugar de la que le correspondería por su tramo de rendimientos.
  • No cotiza por cese de actividad ni por formación profesional.
  • Los primeros doce meses no se regularizan, aunque gane más de lo previsto.

¿Quién puede pedirla?

Situación¿Tiene derecho?
Se da de alta en el régimen de autónomos por primera vezSí
Estuvo de alta antes, pero no en los dos años anteriores a la nueva altaSí
Ya disfrutó la tarifa plana en su anterior altaSolo si han pasado tres años de baja
Es socio de una sociedad de capital, de una sociedad laboral o socio trabajador de una cooperativa encuadrado en autónomosSí, si cumple los demás requisitos
Es familiar colaborador del autónomo (hasta el segundo grado)No
Contrata trabajadores después de empezarSí, no la pierde por ello

La exclusión alcanza a los familiares del autónomo por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, y por adopción, que se incorporen al régimen de autónomos (art. 38 ter.11). Si viene del paro, conviene estudiar al mismo tiempo qué ocurre con su prestación; lo tratamos en ¿Puedo darme de alta de autónomo cobrando el paro? y en capitalizar el paro para montar un negocio.

¿Cuánto dura?

  • Primer periodo: desde la fecha de efectos del alta y durante los doce meses naturales completos siguientes.
  • Segundo periodo: otros doce meses naturales completos, solo si sus rendimientos económicos netos anuales son inferiores al salario mínimo interprofesional anual de ese periodo. Si el segundo periodo abarca dos años naturales, el requisito debe cumplirse en cada uno.
  • Con discapacidad igual o superior al 33 %, o si es víctima de violencia de género o de terrorismo: el primer periodo es de 24 meses y el segundo, de 36 (art. 38 ter.10).

Al terminar el periodo máximo, cotiza por todas las contingencias desde el día primero del mes siguiente, ya con el sistema de tramos que explicamos en ¿Cuánto pago de cuota de autónomo si gano poco?

¿Cómo se pide?

  1. En el momento del alta. La ley exige solicitarla en el momento del alta en el régimen de autónomos, así que no deje el trámite para después.
  2. Antes del segundo periodo. Para la prórroga hay que volver a solicitarla antes de que empiece, con una declaración de que sus rendimientos netos previstos serán inferiores al salario mínimo durante los años en que se aplique.

Los pasos del alta están en cómo darse de alta como autónomo paso a paso.

¿Cuánto se paga en 2026?

Aquí conviene ir con cuidado, porque circulan cifras distintas. La ley no fija el importe: dice que la cuantía anual de la cuota reducida la establece cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado (art. 38 ter.1). Para el periodo de 2023 a 2025, el Real Decreto-ley 13/2022 la fijó en 80 euros al mes (y, en los casos de discapacidad o violencia, 80 euros los primeros 24 meses y 160 euros desde el mes 25), y dispuso que, a partir de 2026, el importe lo fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Para 2026, ni el Real Decreto-ley 3/2026, que prorroga las tablas de cotización de los autónomos, ni la Orden PJC/297/2026, de cotización para este año, fijan la cuantía de la cuota reducida. Antes de darse de alta, compruebe el importe que le aplicará la Tesorería en la resolución de alta o en sus servicios electrónicos, y no se fíe de una cifra genérica.

¿Qué pasa si en el segundo año gano más?

Durante el segundo periodo, la regularización solo se hace si en el año o años que abarca sus rendimientos netos superaron el salario mínimo. En ese caso se regulariza la cotización de ese año, tomando la parte proporcional de los rendimientos que corresponde a los meses con cuota reducida (art. 38 ter.6). Cómo funciona la regularización lo explicamos en Me ha llegado la regularización de la cuota de autónomos: ¿qué hago?

¿Cuándo se pierde?

  • Si se da de baja en el régimen de autónomos durante cualquiera de los periodos: el derecho se extingue (art. 38 ter.4).
  • Si renuncia expresamente: la renuncia surte efectos el día primero del mes siguiente a su comunicación (art. 38 ter.3).
  • Si en el segundo periodo supera el salario mínimo: no la pierde de golpe, pero ese año se regulariza.

Un efecto que pocos conocen: mientras disfruta de la cuota reducida, sus prestaciones (por ejemplo, una baja médica) se calculan sobre la base mínima del tramo inferior de la tabla general, no sobre lo que gane (art. 38 ter.5).

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo?

Sí, si no ha estado de alta en los dos años inmediatamente anteriores a la nueva alta. Si en su alta anterior ya disfrutó de la tarifa plana, el periodo de baja exigido es de tres años.

¿Cuánto dura la tarifa plana?

Doce meses naturales completos desde el alta, y otros doce si sus rendimientos netos anuales no llegan al salario mínimo interprofesional. Con discapacidad igual o superior al 33 % o siendo víctima de violencia de género o de terrorismo, los periodos son de 24 y 36 meses.

¿Cuánto se paga de tarifa plana en 2026?

La ley remite la cuantía a la Ley de Presupuestos de cada año. Para 2023 a 2025 se fijó en 80 euros al mes; para 2026, ni el Real Decreto-ley 3/2026 ni la Orden PJC/297/2026 fijan la cuantía, así que conviene confirmar el importe en la resolución de alta.

¿Puede pedirla el administrador de una sociedad?

Sí, si además es socio y está encuadrado en el régimen de autónomos. La ley la extiende a los socios de sociedades de capital y de sociedades laborales y a los socios trabajadores de cooperativas encuadrados en ese régimen, siempre que cumplan los demás requisitos.

¿La pierdo si contrato a un trabajador?

No. La cuota reducida se mantiene aunque, una vez iniciada la actividad, contrate a trabajadores por cuenta ajena.

¿Se regulariza la tarifa plana con la renta?

Los primeros doce meses, no. El segundo periodo solo se regulariza si sus rendimientos superan el salario mínimo en alguno de los años que abarca.

Si va a empezar una actividad y quiere saber si tiene derecho a la tarifa plana, o cómo encaja con su situación, puede reservar una primera consulta en Aranjuez o escribirnos por . Traiga su informe de vida laboral.

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