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González Rivas AbogadosAranjuez · MadridPedir cita

Seguridad SocialPor Juan Pablo González Rivas

¿Cómo se calcula la pensión de jubilación?

Respuesta corta: en dos pasos. Primero, la base reguladora: en 2026, las 302 bases más altas de los últimos 304 meses entre 352,33 o, si le resulta mejor, las de los últimos 25 años entre 350. Después, un porcentaje por años cotizados: el 50 % con 15 años y el 100 % con 36 años y 6 meses (arts. 209 y 210 LGSS y sus disposiciones transitorias).

¿Qué es la base reguladora?

Es la cantidad de referencia sobre la que se aplica el porcentaje de la pensión. Se obtiene a partir de sus bases de cotización mensuales, que no coinciden con el sueldo neto: son las que figuran en sus nóminas y en su historial de cotización. Las bases de los 24 meses más recientes se toman por su valor nominal y las anteriores se actualizan con el índice de precios de consumo (art. 209.1 de la Ley General de la Seguridad Social, LGSS).

El divisor siempre equivale al número de meses computados multiplicado por 14 y dividido entre 12, lo que refleja que la pensión se abona en catorce pagas. Por la misma razón, la pensión máxima de 2026 es de 3.359,60 euros al mes o 47.034,40 euros al año (art. 1 del Real Decreto-ley 3/2026).

¿Qué periodo se toma en 2026: 25 años o la fórmula nueva?

El Real Decreto-ley 2/2023 cambió el artículo 209.1 LGSS con efectos desde el 1 de enero de 2026. La regla final será tomar los 348 meses anteriores (29 años), descartar los 24 de menor importe y dividir las 324 bases restantes entre 378. Hasta llegar ahí hay un calendario transitorio (disposición transitoria cuadragésima), y durante años el INSS tiene que comparar con la fórmula anterior, la de los últimos 25 años, y aplicar la que le sea más favorable (disposición transitoria cuarta.7):

Jubilación enFórmula nuevaFórmula alternativa, si es más favorable
2026Las 302 bases más altas de los últimos 304 meses, entre 352,33Las bases de los últimos 300 meses, entre 350
2027Las 304 más altas de 308 meses, entre 354,67300 meses, entre 350
2030Las 310 más altas de 320 meses, entre 361,67300 meses, entre 350
2036Las 322 más altas de 344 meses, entre 375,67300 meses, entre 350
2037 a 2040Las 324 más altas de 348 meses, entre 378300 meses, entre 350
2041Las 324 más altas de 348 meses, entre 378306 meses, entre 357
2042Las 324 más altas de 348 meses, entre 378312 meses, entre 364
2043Las 324 más altas de 348 meses, entre 378318 meses, entre 371
Desde 2044Las 324 más altas de 348 meses, entre 378Sin alternativa

La fórmula nueva permite descartar los meses de menor base (dos en 2026 y veinticuatro al final del calendario), lo que ayuda a quien tuvo algún periodo malo; la de 25 años mira solo a la última etapa de la carrera. La comparación la hace el INSS: no tiene que pedirla.

¿Qué pasa con los meses en los que no cotizó?

Si dentro del periodo de cálculo hay meses sin obligación de cotizar, no cuentan como cero: se rellenan con bases mínimas según unas reglas que en 2026 mejoraron para las mujeres. Lo explicamos en cómo afectan las lagunas de cotización a la pensión.

¿Qué porcentaje se aplica según los años cotizados?

Los primeros 15 años dan el 50 % de la base reguladora. A partir de ahí, cada mes adicional suma un porcentaje. Durante 2023 a 2026, los meses 1 a 49 suman un 0,21 % cada uno y los 209 siguientes un 0,19 % (disposición transitoria novena LGSS). El porcentaje no puede superar el 100 %, salvo por el complemento de demora.

Años cotizados al jubilarse en 2026Porcentaje de la base reguladora
15 años50,00 %
20 años62,38 %
25 años73,78 %
30 años85,18 %
35 años96,58 %
36 años y 6 meses100,00 %

Desde 2027 la escala cambia: los meses 1 a 248 suman un 0,19 % y los 16 siguientes un 0,18 % (art. 210.1 LGSS), de modo que el 100 % se alcanzará con 37 años cotizados.

Un ejemplo con números

Una persona se jubila en 2026 a su edad ordinaria con 30 años cotizados. El INSS compara las dos fórmulas y la base reguladora más favorable resulta de 1.800 euros. Le corresponde el 85,18 %: su pensión inicial es de 1.533,24 euros al mes. Si se hubiera jubilado anticipadamente, a esa cifra se le aplicarían los coeficientes reductores que explicamos en jubilación anticipada: requisitos y cuánto se pierde.

¿Hay una pensión máxima y una mínima?

Sí. En 2026 la pensión máxima es de 3.359,60 euros al mes. Las mínimas de jubilación, en euros al año, son estas (anexo I del Real Decreto-ley 3/2026):

TitularCon cónyuge a cargoSin cónyugeCon cónyuge no a cargo
Con 65 años17.592,4013.106,8012.441,80
Menor de 65 años17.592,4012.262,6011.590,60

El complemento hasta la mínima no es automático: exige residir en España y no superar el límite de ingresos que se fija cada año (art. 59 LGSS). Estas cifras rigen hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente.

¿Qué puede subir o bajar la pensión?

  • Jubilarse antes: coeficientes reductores por cada mes de adelanto (arts. 207 y 208 LGSS).
  • Jubilarse después: un 4 % más por cada año completo de demora, una cantidad a tanto alzado o una combinación (art. 210.2 LGSS).
  • Complemento de brecha de género: para las mujeres con hijos, y para algunos padres, 36,90 euros al mes por hijo en 2026, con el límite de cuatro veces ese importe (art. 60 LGSS y art. 2.2 del Real Decreto-ley 3/2026). Vea quién cobra el complemento por brecha de género.
  • Revalorización: una vez reconocidas, las pensiones contributivas subieron en 2026 con carácter general un 2,7 % (art. 2.1 del Real Decreto-ley 3/2026).

¿Sirve de algo subir el sueldo los últimos años?

La ley lo limita. No se computan los incrementos de bases de los dos últimos años que se deban a subidas salariales superiores a la media del convenio o del sector, salvo las que resulten de la antigüedad, los ascensos o conceptos generales del convenio, y nunca las pactadas en función de una edad próxima a la jubilación (art. 209.2 a 4 LGSS).

¿Y si he trabajado como autónomo?

En el régimen de autónomos se aplica la misma escala de porcentajes, en función de los años de cotización efectiva (art. 322 LGSS). La diferencia está en los meses sin cotizar, que en ese régimen solo se integran en casos muy concretos.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años se tienen en cuenta para calcular la pensión en 2026?

El INSS compara dos fórmulas: los últimos 300 meses (25 años) divididos entre 350, y las 302 bases más altas de los últimos 304 meses divididas entre 352,33. Aplica la más favorable (disposición transitoria cuarta.7 y cuadragésima LGSS).

¿Tengo que pedir yo la fórmula más favorable?

No. La ley ordena a la entidad gestora aplicar la fórmula anterior cuando resulte más favorable que la vigente, hasta 2040, con un periodo intermedio entre 2041 y 2043 (disposición transitoria cuarta.7 LGSS).

¿Con cuántos años cotizados se cobra el 100 %?

Con 36 años y 6 meses si se jubila en 2026. Desde 2027 hará falta haber cotizado 37 años (disposición transitoria novena y art. 210.1 LGSS).

¿Cuál es la pensión máxima de jubilación en 2026?

3.359,60 euros al mes o 47.034,40 euros al año, según el artículo 1 del Real Decreto-ley 3/2026, hasta que se apruebe la correspondiente Ley de Presupuestos.

¿Cuál es la pensión mínima de jubilación en 2026?

Con 65 años, 17.592,40 euros al año con cónyuge a cargo, 13.106,80 sin cónyuge y 12.441,80 con cónyuge no a cargo (anexo I del Real Decreto-ley 3/2026). El complemento exige no superar un límite de ingresos (art. 59 LGSS).

¿Cuánto han subido las pensiones en 2026?

Con carácter general, un 2,7 % respecto del importe a 31 de diciembre de 2025, con excepciones y reglas propias para las mínimas y las no contributivas (art. 2 del Real Decreto-ley 3/2026).

¿Cuentan las subidas de sueldo de los últimos años?

Solo en parte. Las de los dos últimos años que superen la media del convenio no se computan, salvo las de antigüedad, ascensos o conceptos generales del convenio, y nunca las pactadas por la cercanía de la jubilación (art. 209.2 a 4 LGSS).

Si quiere saber qué pensión le quedaría y qué fórmula le favorece, puede pedir la primera consulta en nuestra página de reserva o escribirnos por . Traiga su informe de vida laboral y, si lo tiene, su informe de bases de cotización.

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